
La Audiencia Nacional absuelve a los cinco directivos de 'Egunkaria'
La Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, presidida por el magistrado Javier Gómez Bermúdez, ha absuelto a los cinco directivos del diario Egunkaria —el presidente del Consejo de Administración, Juan María Torrealday, los consejeros José María Auzmendi, Ignacio María Uría y Marcelo Otamendi y al último redactor jefe de la publicación, Javier Oleaga—, acusados de pertenecer a la organización terrorista ETA por impulsar la constitución del diario. (Leer sentencia en PDF).
La orden de cierre del diario Egunkaria "no tenía habilitación constitucional directa y carecía de una norma legal, especial y expresa que la autorizara", concluye la Audiencia.
Más aún: el diario no era una herramienta de ETA, y el simple análisis de la línea informativa "permitía descartar que el periódico fuera instrumento para la comisión de delitos". Las acusaciones fueron incapaces de acreditar "ni directa ni indirectamente" que Egunkaria defendiera los postulados de la banda terrorista, "haya publicado un solo artículo a favor del terrorismo o de los terroristas ni que su línea editorial tuviese siquiera un sesgo político determinado". " Esto último, además, no sería delictivo", recuerda la sala.
http://www.publico.es/espana/305542/audiencia/nacional/abusleve/cinco/directivos/egunkaria
La Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, presidida por el magistrado Javier Gómez Bermúdez, ha absuelto a los cinco directivos del diario Egunkaria —el presidente del Consejo de Administración, Juan María Torrealday, los consejeros José María Auzmendi, Ignacio María Uría y Marcelo Otamendi y al último redactor jefe de la publicación, Javier Oleaga—, acusados de pertenecer a la organización terrorista ETA por impulsar la constitución del diario. (Leer sentencia en PDF).
La orden de cierre del diario Egunkaria "no tenía habilitación constitucional directa y carecía de una norma legal, especial y expresa que la autorizara", concluye la Audiencia.
Más aún: el diario no era una herramienta de ETA, y el simple análisis de la línea informativa "permitía descartar que el periódico fuera instrumento para la comisión de delitos". Las acusaciones fueron incapaces de acreditar "ni directa ni indirectamente" que Egunkaria defendiera los postulados de la banda terrorista, "haya publicado un solo artículo a favor del terrorismo o de los terroristas ni que su línea editorial tuviese siquiera un sesgo político determinado". " Esto último, además, no sería delictivo", recuerda la sala.
http://www.publico.es/espana/305542/audiencia/nacional/abusleve/cinco/directivos/egunkaria
El fallo desmonta las denuncias presentadas por las acusaciones populares Dignidad y Justicia (DyJ) y Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT), a los que la sala critica "lo artificioso" de sus hipótesis.
Entonces me pregunto: a la luz de esta sentencia y tomando en cuenta el bodrio del sumario del juez Varela contra Garzón, el juez Olmos ¿podría haber incurrido en delito de prevaricación?