La policía se llevó a la niña sin una orden judicial
La peor pesadilla de una madre hecha realidad: le quitan a su recién nacida de las manos
La Junta de Andalucía alegó que los padres no tenían medios económicos y que eran discapacitados
15-1-2009.M.R.
Sara y David son dos jóvenes menores de 30 años a los que la Junta de Andalucía les retiró la patria potestad de su hija Esmeralda a las 48h de nacer. Los padres de la niña sufren distintos grados de discapacidad intelectual (la madre alcanza el 65%), no poseen medios económicos y sus familiares no quieren tomar cartas en el asunto. Esta ha sido la base que ha movido al gobierno andaluz a actuar con “diligencia” para hacerse cargo de la recién nacida, sin embargo presuntamente se habría vulnerado el derecho a ser padres garantizado por la Convención de la ONU de los derechos de las personas con discapacidad a la que está adherida España.
Los hechos tuvieron lugar poco antes de acabar el año. Una asistente social acompañada de la policía entró en la habitación 416 del hospital Puerta del Mar en Cádiz y se llevaron a la pequeña con la excusa de que tenía que ver al pediatra. Cuando el padre se percató de que intentaban alejarla de ellos los agentes le redujeron para conseguir llevarse a la niña. Actualmente se encuentra en el Centro de Protección de San Carlos de Chipiona ya que la Junta ha asumido temporalmente la tutela, pero de no resolverse el asunto podrían incluso a ponerse en marcha los trámites para su adopción. Distintas asociaciones y representantes de personas con discapacidad han denunciado los hechos por considerarlos una completa “discriminación”. El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) ha escrito una carta (descargar pdf) a la Consejería de Igualdad y Bienestar Social, invocando a la legislación que ampara a los discapacitados para que den marcha atrás sobre este asunto.Sin una orden judicialSara y David sufren discapacidad intelectual, pero no están incapacitados judicialmente y en el momento en el que se llevaron a su hija no se presentó ninguna orden judicial, un requisito indispensable según la Convención de la ONU. Dicho documento, firmado por España, defiende el derecho de los discapacitados a ser padres y según el punto cuatro del artículo 23 “Respeto del hogar y de la familia” publicado el lunes 21 de abril en el BOE: ”Los Estados Partes asegurarán que los niños y las niñas no sean separados de sus padres contra su voluntad, salvo cuando las autoridades competentes, con sujeción a un examen judicial, determinen, de conformidad con la ley y los procedimientos aplicables, que esa separación es necesaria en el interés superior del niño. En ningún caso se separará a un menor de sus padres en razón de una discapacidad del menor, de ambos padres o de uno de ellos”. Es decir que tiene que haber un examen previo y la orden de un juez para llegar al extremo de separar a una hija de sus padres. Según la web Reproductive Rights, dedicada a denunciar abusos a las personas discapacitadas en relación a la paternidad y maternidad, ésta es una práctica que suele realizarse en Rusia donde “los niños nacidos de padres discapacitados son internados en instituciones, tengan o no discapacidades. Los padres discapacitados no son provistos con servicios de ayuda, ni se hace el esfuerzo por mantener tales familias unidas”. La segunda justificación de la Junta de Andalucía para hacerse con la tutela de la niña fue la falta de medios económicos, pero sobre esto también se refiere la legislación española. Dejando a un lado la propia ley de dependencia, en el mismo texto de Ratificación de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, hecho en Nueva York el 13 de diciembre de 2006 exige a los Estados Partes que presten “la asistencia apropiada a las personas con discapacidad para el desempeño de sus responsabilidades en la crianza de los hijos”. Es decir, que a personas como esta pareja se dote de apoyos para poder ejercer plenamente su derecho a ser padres. Ayudas que se podrían concretar en un piso tutelado con las debidas condiciones de habitabilidad que garanticen al mismo tiempo los derechos de los padres y de la niña sin necesidad de llegar a una medida que al margen de que esté o no dentro de la legalidad ha creado en sus padres unos daños morales difíciles de compensar. ¿Hay algo que tema más una madre?
Fuente Diario Crítico