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lunes, 7 de septiembre de 2009

Prisión por sustituir una bandera constitucional por una republicana en un edificio público


Jaume d'Urgell, el ciudadano que sustituyó en mayo de 2006 la bandera monárquica por la republicana en un edificio público, ingresará previsiblemente en prisión el próximo jueves después de que se haya negado a satisfacer la multa impuesta por el juez para eludir la cárcel. El acusado comparecerá ese día ante el Juzgado de Ejecución Penal número 7 de Madrid para que el magistrado haga efectiva el cumplimiento de la sentencia que le condenó a multa de siete meses por ultraje a España.
Los hechos se produjeron el 14 de mayo de 2006, cuando d'Urgell escaló la fachada de los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, ubicados en Gran Vía, e instaló en el mástil donde se encontraba la bandera nacional otra tricolor. Tras ello, siete agentes del Cuerpo Nacional de Policía lo detuvieron, pero 27 horas después fue puesto en libertad con cargos. Se le acusó de desórdenes públicos y ultraje a España. Por el primer delito, el fiscal reclamó un año de cárcel, mientras que por el segundo 11 meses de multa a razón de 12 euros por día, es decir unos 4.000 euros.

En el juicio, d'Urgell afirmó que, lejos de menoscabar la honorabilidad del país pretendía poner de manifiesto su convicción política de que "más allá de los símbolos o la pervivencia de reductos feudales del folklore institucional, la adopción de una forma de gobierno plenamente democrática, con una mayor separación de poderes, transparencia y participación, resultaría más favorable para los intereses del conjunto de la ciudadanía".

No hubo violencia

El 25 de enero de 2008, el juez de lo Penal número 5 de Madrid sentenció la libre absolución del cargo de desórdenes públicos y le condenó a multa de siete meses por ultrajes a España. Según el juez, no hubo violencia, ni premeditación, ni destrucción de la propiedad pública; no se actuó en grupo, ni se ofreció la menor resistencia u oposición al arresto. Se trató de un acto de desobediencia civil pacífica, que no obstante, se encuentra tipificado en el artículo 543 del Código Penal, por lo que resolvió imponer la pena mínima contemplada en la Ley.

D'Urgell ha adelantado ya que no va a satisfacer el importe de la multa no por desobediencia a la Justicia, sino por "incompatibilidad moral con sus convicciones". Considera haber infringido un precepto de naturaleza política, dado que "el bien jurídico protegido (la monarquía), en su opinión, atenta contra el interés general de la ciudadanía-, por ello, se ve obligado a objetar en conciencia ante el pago de la multa".

De acuerdo con el artículo 53 del Código Penal, en caso de mantener su decisión, cabe la posibilidad de que Jaume d'Urgell deba afrontar un período de 105 días de privación de libertad.